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RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA

N° 294-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ

Lima, 16 de junio de 2020

VISTOS:

El Informe N° 097-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UA.AL del Área de Asesoría Legal; el Informe N° 070-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión; el Memorando N° 327-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 064-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM de la Unidad de Monitoreo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, con la finalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE;

Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas y privadas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE;

Que, a través del Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE de fecha 17 de enero de 2020, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto;

Que, la Unidad de Administración mediante Memorando N° 327-2020-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ-UA, de fecha 16 de junio de 2020, solicitó la autorización de los certificados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando el Memorando N° 064-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM, de fecha 16 de junio de 2020, emitido por la Unidad de Monitoreo, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; indicando la citada Unidad de Monitoreo que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos;

Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 070-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, de fecha 16 de junio de 2020, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 1,077,536.58 (un millón setenta y siete mil quinientos treinta y seis con 58/100 soles), que corresponde a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios por el monto de S/ 510,199.32 (quinientos diez mil ciento noventa y nueve con 32/100 soles), 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por el monto de S/ 366,760.20 (trescientos sesenta y seis mil setecientos setenta con 20/100 soles), 4. Donaciones y Transferencias por el monto de S/ 39,200.00 (treinta y nueve mil doscientos con 00/100 soles) y de la fuente 5. Recursos Determinados, por el monto de S/ 161,377.06 (ciento sesenta y un mil trescientos setenta y siete con 06/100 soles);

Que, los montos señalados en el considerando anterior se otorgan con la finalidad de cofinanciar los desembolsos según el siguiente detalle: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; para cofinanciar los desembolsos de: i) 01 Proyecto de Centros de Extensionismo Tecnológicos – CET; ii) 01 Proyecto de Atracción de Emprendedores – INS; iii) 02 Dos Proyectos del Concurso Reconociendo a la Innovación – RIV; iv) 01 Proyecto de Misiones Tecnológicas; v) 01 Proyecto de Pasantías Tecnológicas – PT; vi) 04 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual – PIEC 1; vii) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 2 Validación de la Innovación – PIEC 2 y viii) 02 Proyectos del Concurso Nacional para la Difusión de la Innovación – Reto Innova Covid-19 – IVECOV; b) Fondo MIPYME, para cofinanciar el desembolso de un (01) Proyecto del Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 – PDP C2 y, c) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, para cofinanciar los siguientes desembolsos: i) 05 Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; ii) 02 Proyectos de Innovación para la Micro Empresa – PIMEN y iii) 02 Proyectos de Validación y Empaquetamiento – PVE;

Que, mediante proveído de fecha 16 de junio de 2020, la Coordinadora Ejecutiva solicita al Jefe la Unidad de Administración que inicie las acciones correspondientes para la emisión de la resolución que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme lo descrito;

Que, mediante Informe N° 097-2020-PRODUCE-INNOVATEPERU.UA.AL de fecha 16 de junio de 2020, el Área de Asesoría Legal concluye que la emisión de Resolución de Coordinación Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Unidad de Monitoreo, previa verificación presupuestal según lo indicado Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, se ajusta al marco legal aplicable;

De conformidad con lo dispuesto en Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 317-2014-PRODUCE, N° 178-2019-PRODUCE y N° 024-2020-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones

Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 1,077,536.58 (un millón setenta y siete mil quinientos treinta y seis con 58/100 soles), que corresponde a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, 4. Donaciones y Transferencias y 5. Recursos Determinados, por los montos ascendentes a S/ 510,199.32 (quinientos diez mil ciento noventa y nueve con 32/100 soles), S/ 366,760.20 (trescientos sesenta y seis mil setecientos setenta con 20/100 soles), S/ 39,200.00 (treinta y nueve mil doscientos con 00/100 soles) y S/ 161,377.06 (ciento sesenta y un mil trescientos setenta y siete con 06/100 soles), respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM.

Artículo 2.- Acciones Administrativas

La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE.

Artículo 3.- Publicación

Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA

Coordinadora Ejecutiva

Programa Nacional de Innovación

para la Competitividad y Productividad

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