Icono del sitio Grupo Contable

Suspensión Perfecta de Labores: ¿Podría ampliarse la aplicación de esta medida?

El viernes pasado el Gobierno amplió por 90 días más el estado de emergencia sanitaria, con el fin de mitigar el impacto de la COVID-19 en el país.

El laboralista César Puntriano asegura que esta medida tendrá efecto en el ámbito laboral, pues según el Decreto de Urgencia 038-2020 la suspensión perfecta se puede aplicar hasta 30 días después de terminada la emergencia sanitaria.

En este caso, la emergencia sanitaria se está prorrogando hasta el próximo 7 de diciembre, con lo que la suspensión perfecta podría durar hasta el 6 de enero del 2021.

Ante esto, el laboralista indica que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) tendrá que modificar su plataforma para que las empresas puedan aplicar esta ampliación.

«Por ejemplo si una empresa se acoge el martes 1 de septiembre podría irse en suspensión por cuatro meses, es decir, hasta el 6 enero del próximo año. Incluso para aquellas empresas que se han acogido a este mecanismo y han puesto como fecha de término el 7 de octubre podrían prorrogarla hasta el 6 de enero del 2021 como máximo, para lo cual el MTPE deberá habilitar su plataforma virtual», dijo Puntriano a Gestión.

Teletrabajo

El laboralista también indicó que la ampliación de la emergencia generaría que se prorrogue el trabajo remoto hasta el próximo 7 de septiembre.

De acuerdo con el Decreto de Urgencia 026-2020, esta modalidad de trabajo puede aplicarse hasta que expire la emergencia sanitaria.

Fuente: rpp.pe (31/08/2020)

Salir de la versión móvil